
La Oficina de Defensoría Universitaria de la Universidad Nacional de Juliaca (UNAJ), es un órgano autónomo en el ejercicio de sus funciones. Tiene como principal función velar por el respeto y tutela de los derechos individuales de todos los integrantes de la comunidad universitaria (docentes, estudiantes y personal administrativo), manteniendo el principio de autoridad responsable, en concordancia con los valores y principios de la Universidad Nacional de Juliaca.
La competencia de esta instancia es conocer las denuncias, reclamaciones o conflictos que puedan formular estudiantes, docentes o personal administrativo, las causales de denuncia están vinculadas con la infracción, actos u omisiones a sus derechos individuales contemplados en la Ley Universitaria N° 30220, Estatuto de la Universidad Nacional de Juliaca y Reglamentos específicos.
El Defensor Universitario emplea mecanismos de solución a través de la conciliación y recomendaciones en salvaguarda de los derechos fundamentales en aplicación de las normas y reglamentos vigentes.
No forman parte de la competencia de la Defensoría las denuncias vinculadas con derechos de carácter colectivo, derechos laborales, medidas disciplinarias, evaluaciones académicas de docentes y alumnos y las violaciones que puedan impugnarse por otras vías ya establecidas en la presente Ley, así como en el Estatuto y los reglamentos de cada universidad.
Funciones:
- Velar por el respeto de los derechos y las libertades de todos los miembros de la comunidad universitaria frente a actos u omisiones de las autoridades, funcionarios, docentes y trabajadores no docentes de la Universidad que los vulneren.
- Promover, orientar y difundir en la comunidad universitaria el respeto y tutela de los derechos fundamentales de los integrantes de la comunidad universitaria.
- Admitir o rechazar solicitudes de consultas, sugerencias, quejas y reclamos presentadas por los miembros de la comunidad universitaria, de acuerdo con las reglas establecidas en el reglamento y demás documentos normativos relacionados, de competencia de la Defensoría y, en su caso, orienta al usuario sobre la vía pertinente.
- Conocer y atender las denuncias y reclamaciones que formulen los miembros de la comunidad universitaria vinculadas con la infracción de derechos y libertades individuales en las instancias de prestación de servicios de la UNAJ.
- Conciliar en la solución de desacuerdos y diferencias entre miembros de la comunidad universitaria, a instancia de parte o por petición de los órganos de gobierno de la UNAJ.
- recabar de las distintas instancias o unidades de la Universidad la información que considere oportuna y necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
- Proponer normas y políticas que contribuyan a garantizar y mejorar la defensa de los derechos de las personas de la comunidad universitaria.
- Formular recomendaciones a los órganos responsables del gobierno de la universidad sobre asuntos de violación de derechos que hayan sido sometidos a su conocimiento.
- Vigila el cumplimiento de los documentos normativos cuando un estudiante, docente o no docente u otro miembro de la comunidad universitaria comunique su incumplimiento.
- Solicitar con expresión de las causas, a las autoridades, funcionarios, docentes y trabajadores no docentes de la Universidad, que son reclamados quejados o denunciadas, los informes correspondientes.
- Presentar ante el Consejo Universitario un informe anual de sus actividades o cuando esta lo solicite.
- Las otras funciones establecidas en los reglamentos y normas especiales, dentro del ámbito de su competencia.
Presentación de la Denuncia y/o Reclamo:
- Formulario de denuncia y/o reclamo, que se encuentra a disposición Defensoría Universitaria.
- Mediante Carta o Correo electrónico (defensoriauniversitaria@unaj.edu.pe), conteniendo como datos mínimos, Escuela Profesional, nombre del funcionario o autoridad presuntamente infringió detalle de los hechos materia de reclamo o denuncia.
- Los reclamos, son de carácter personalísimo, por lo que deberá ser presentada directamente por el afectado; salvo que otorgue Carta Poder, con firma legalizada ante Notario Público.
- Las denuncias, podrán ser presentadas de manera anónima, siempre y cuando, contengan los datos mínimos referidos a los hechos materia de denuncia.
Atención de Denuncia y/o Reclamo:
- Recepcionada el reclamo o denuncia, la Defensoría Universitaria emite pronunciamiento final, en un plazo no mayor a 30 días hábiles, la misma que será comunicada al interesado en forma expresa y por escrito, el mismo que deberá constar en el expediente.
- La Defensoría Universitaria efectuará el análisis de la denuncia o reclamación dentro de 02 días hábiles de recibida, en la misma que procederá a un estudio previo de admisibilidad de la denuncia, luego de lo cual solicitará información y/o descargos a la persona reclamada o denunciada, o al funcionario o autoridad o al área que corresponda. El requerimiento podrá efectuarse por medio físico o electrónico, el mismo que deberá constar en el expediente.
- Cuando el defensor universitario advierta en la denuncia falta de fundamento, inexistencia de pretensión o inconcreción de la misma, podrá instar al interesado para que en el plazo máximo de 5 días subsane o mejore el escrito de presentación, de no recibir respuesta considerara al interesado desistido de su pretensión procediéndose al archivo de la misma.
- La entrega de los descargos, información, documentos y otros que requiera la Defensoría Universitaria debe realizarse dentro de 05 días hábiles de haber sido solicitados, bajo responsabilidad; y se realizará mediante medio físico.
- En caso, el reclamo y/o denuncia amerite una ampliación del plazo, la misma deberá ser debidamente motivada y comunicada por escrito al alumno según sea el caso. El plazo no excederá los 05 días hábiles.
- En caso que no se haya efectuado la reparación o restitución del derecho vulnerado o haya renuencia de hacerlo, o en caso que no se haya cumplido con los plazos establecidos a criterio de la Defensoría Universitaria, se elevará un informe al Rectorado de la Universidad, para el pronunciamiento final, contra dicho pronunciamiento no cabe impugnación alguna.
defensoriauniversitaria@unaj.edu.pe
Av. Nueva Zelandia N° 631 - Juliaca (2do Piso Edificio Administrativo)
Lunes a Viernes de 8:00 a 12:30 horas y de 13:30 a 17:00 horas.
051-323200 anexo 2105
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ABOG. HENRY RICHARD JIHUALLANCA SONCCO
DEFENSOR UNIVERSITARIO
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